Por la Conciencia

Cultura PARA CHIAPAS; Visión institucional, gubernamental y de los derechos colectivos

Dr. Roger Heli Diaz Guillén

La cultura como expresión histórica de la humanidad en cada uno de sus pueblos es contenido integral de saberes, expresiones y visiones de vida que delimitan el orden conductual, valores, principios y niveles de conocimientos de las sociedades en un mundo globalizado. La cultura es la base de la educación formal vinculada al derecho, a los gobiernos, a las instituciones y a los pueblos y comunidades indígenas de donde emergen visiones diversas de la valoración de la Cultura como patrimonio colectivo de un Estado, de pueblos y comunidades; destacando lo no proporcional entre la grandeza cultural de Chiapas para ser atendida por un consejo Estatal (CONECULTA), debiéndose considerar la importancia de crear en Chiapas la Secretaria de Cultura en un país donde somos uno de dos Estados que no contamos con una secretaría en su atención.

La cultura se regula a partir de la ley general de cultura y derechos culturales donde se observa que Únicamente “incentiva” la participación de las organizaciones y la sociedad civil. Las entidades públicas tienen la atribución de protegerlo, fomentarlo, enriquecerlo, difundirlo, investigarlo; no se les otorga ese derecho a los creadores de ese patrimonio, ni a la sociedad civil. No contempla acciones ni mecanismos para garantizar como un derecho de la sociedad civil ni de los pueblos históricos, tradicionales e indígenas su participación en la salvaguarda, salvaguardia, creación, y gestión cultural de su patrimonio cultural. Destacando el artículo 16 de la citada ley que las entidades federativas, en el ámbito de su competencia, podrán regular el resguardo (tutela) del patrimonio cultural inmaterial e incentivar la participación de las organizaciones de la sociedad civil y pueblos originarios.

Con independencia de la forma estructural administrativa con que se atiende a la Cultura en Chiapas; el tema es identificar la visión que sobre la cultura tienen los gobiernos en funciones; la visión de las políticas publicas y sus instituciones encargadas y; la visión de los dueños de los patrimonios culturales colectivos que son los pueblos, las comunidades y los ciudadanos; observando que Chiapas cuenta en la presente administración 2024-2030 con un gobierno que valora a la cultura desde la visión de la identidad milenaria del territorio chiapaneco, expresando interés en los contenidos culturales de saberes, visiones, principios éticos y conocimientos bioculturales. Un gobierno que basa su visión en la pluriculturalidad, humanismo, interculturalidad y en el dialogo abierto y respetuoso.

La visión de gobierno sobre la cultura y la identidad milenaria que funda nuestra existencia como Chiapas es una ventana de oportunidad para revisar la visión de la políticas públicas y del CONECULTA respecto a la valoración y requerimiento para la identificación, inventarios y sostenimiento de los patrimonios culturales a partir de los lineamientos que regulan su actuación, observando que el Objeto de intervención cultural del CONECULTA es la preservación, promoción, desarrollo, fomento y difusión de la cultura en general, la cultura indígena, las manifestaciones y expresiones artísticas que propicien la protección, conservación y enriquecimiento del patrimonio cultural del Estado de Chiapas.

La Ley Orgánica del CONECULTA  refiere que el concepto mismo de cultura tiene que redimensionarse, «…… concebirla desde un punto de vista más antropológico, desde la vida misma, como un recurso natural de los pueblos, formada y recreada a través de los años, bien patrimonial colectivo que comprende los sueños y realidades, sus diversas expresiones, tangibles e intangibles; tecnológicas, científicas y experimentales; ecológicas y rituales; artísticas y artesanales; lingüísticas y gastronómicas; tradicionales y actuales; y otras tantas expresiones producto de la creación y sabiduría popular, en los que encarna la memoria multicultural de Chiapas”

En la visión institucional se observa que esta no obedece a la integralidad de la cultura material estructural; inmaterial, natural y biocultural, limitando su objeto a la  preservación, promoción, desarrollo, fomento y difusión de la cultura en general; no considerando los conceptos de transmisión de saberes, practicas y expresiones; sostenibilidad del patrimonio cultural colectivo; revaloración del patrimonio cultural; la investigación e inventario de los patrimonios culturales; invitando esta realidad a deconstruir la institucionalidad cultural y sus políticas públicas en una visión integral de la cultura  más allá la visión del folklor; difusión turística y subsidios mediante convocatorias en la visión artística y del arte.

Esta visión institucional y de políticas públicas debe  partir que el patrimonio cultural de Chiapas se integra de los patrimonios cultural, naturales y bioculturales de los pueblos originarios que por disposición legal son propiedad colectiva desde enero del 2022, donde a tres años no existe un programa nacional o estatal que promueva la Salvaguarda y Salvaguardia del Patrimonio Cultural y Derechos Culturales de los pueblos y comunidades de Chiapas, siendo hoy necesario pensar en un Plan Rector Emergente en el marco de la libre determinación de los pueblos y comunidades.

Hoy son momento de integralidad y sostenibilidad de las diversas expresiones culturales y bioculturales a partir de los territorios de los pueblos y comunidades que representan la multiculturalidad de Chiapas y; sus componentes como naturaleza, recursos naturales, patrimonio material arqueológico y arquitectónico, paisajes culturales, paisajes naturales, usos y costumbres culturales y jurídicas (derecho consuetudinario), ordenanza, gobernanza, espacios sagrados de concurrencia colectiva; debiendo en este orden atenderse la  recomendación número 35 de enero del 2019 de la Comisión Nacional de Derechos Humanos CNDH relativa al patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indígenas, que recomienda a los Gobiernos de los Estados a que “presenten una iniciativa de ley al respectivo Congreso Local, sobre la creación o armonización de un ordenamiento jurídico que establezca un Sistema interinstitucional para garantizar el reconocimiento colectivo y la protección, salvaguarda, preservación, promoción y desarrollo integral del patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indígenas…”

La ley federal de protección del patrimonio cultural del 2022  y  reforma al articulo segundo constitucional de México y artículo séptimo de la constitución de Chiapas en septiembre del 2024  y febrero del 2025, respectivamente; abrieron camino a la atención a lo requerido y solicitado a los gobiernos de los Estados federados; que deberán legislar sobre ley estatal de protección del patrimonio cultural, natural y biocultural de los pueblos originarios  y afro mexicanos; siendo para Chiapas una ley reglamentaria del articulo séptimo de su Constitución política.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *